Con el objetivo de asegurar el abastecimiento energético del país, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) ha implementado nuevas medidas de control. A través del Decreto Supremo N.º 017-2024-EM, se ha dispuesto que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) reporte diariamente a la Dirección General de Hidrocarburos las existencias de combustibles líquidos. Además, se han establecido procedimientos más rigurosos para la autorización de pruebas con gas natural y otros hidrocarburos.
La norma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, agrega el artículo 43A al Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos. Este artículo obliga a Osinergmin a reportar cualquier situación que ponga en riesgo el abastecimiento, así como a supervisar el cumplimiento de los agentes encargados de mantener existencias de combustibles líquidos.
Una de las principales novedades del decreto es la obligación de Osinergmin de reportar diariamente a la Dirección General de Hidrocarburos los volúmenes de existencias de combustibles líquidos por agente obligado, combustible y unidad operativa. Esta información permitirá a las autoridades tener un panorama más claro de la situación del mercado y tomar decisiones oportunas.
La DGH evaluará las solicitudes y, si procede, otorgará la autorización bajo estrictas condiciones técnicas y de seguridad, incluyendo la obligatoriedad de una póliza de seguro de responsabilidad extracontractual. El Osinergmin supervisará estas pruebas para garantizar su cumplimiento. Estas medidas también se aplicarán a proyectos que utilicen otros hidrocarburos o hidrógeno, con el fin de asegurar el abastecimiento energético del país y promover el acceso a energías eficientes.