Un juez de Potosí rechazó la acción popular presentada por comunidades indígenas contra los contratos de litio firmados con empresas de China y Rusia, argumentando la ausencia de una ley nacional que regule la consulta previa, lo que ha generado preocupación entre organizaciones defensoras de derechos indígenas.
El Juzgado Mixto Civil y Comercial de Colcha K, en el departamento de Potosí, desestimó la acción popular interpuesta por la Central Única de Comunidades Originarias de Nor Lípez. Esta acción buscaba anular los contratos suscritos por Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB) con las empresas chinas y rusas para la industrialización del litio en el Salar de Uyuni, alegando la falta de consulta previa a las comunidades afectadas .
El juez Edson Villarroel Herrera argumentó que, si bien la Constitución boliviana reconoce el derecho a la consulta previa, su aplicación efectiva requiere de una ley específica que aún no ha sido promulgada. Esta interpretación ha sido criticada por organizaciones como la Fundación Solón, que consideran que el fallo debilita los derechos de las comunidades indígenas y podría sentar un precedente negativo para futuros proyectos extractivos .
A pesar de la controversia, el fallo judicial dejó sin efecto las medidas cautelares que suspendían la vigencia de los contratos de litio, permitiendo que su tratamiento continúe en la Asamblea Legislativa. Sin embargo, el caso podría escalar al Tribunal Constitucional Plurinacional y, eventualmente, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, si las comunidades afectadas deciden apelar la decisión.
La reciente decisión judicial en Bolivia destaca la necesidad de establecer un marco legal claro para la consulta previa, garantizando que los derechos de las comunidades indígenas sean respetados en el desarrollo de proyectos estratégicos como la industrialización del litio.