Los pasivos ambientales son instalaciones, efluentes, emisiones, residuos o depósitos generados por actividades mineras que actualmente se encuentran abandonados o inactivos, y representan un riesgo constante y potencial para la salud pública, el medio ambiente y la propiedad.
Una fase del proceso de identificación consiste en una caracterización detallada, que incluye aspectos físicos, químicos, biológicos, geoquímicos y socioeconómicos. Esta definición se llevará a cabo mediante una ficha técnica que facilitará la evaluación y priorización de la gestión de los pasivos identificados, tomando como base un análisis de riesgo.
En este contexto, el Ministerio del Ambiente (Minam) ha aprobado la “Ficha de Caracterización de Pasivos Ambientales” y la “Guía orientativa para el llenado de la Ficha de Caracterización de Pasivos Ambientales”, a través de la R.M. n.° 00434-2024-MINAM, que fue publicada el 21 de diciembre en el diario oficial El Peruano.
Francisco García, director general de Calidad Ambiental del Minam, comentó: “Este es un instrumento que permitirá el levantamiento de información en campo para identificar pasivos ambientales, con miras a la posterior recuperación de los ecosistemas impactados”
La Ficha y su instructivo de llenado fueron prepublicados en cumplimiento de la R.M. n.° 002-2024-MINAM. Durante este proceso, se recibieron contribuciones de la sociedad civil y de diversos sectores involucrados, lo que enriqueció su desarrollo. El documento consta de seis secciones para su caracterización, que incluyen los componentes físicos, químicos, biológicos, geoquímicos y socioeconómicos, además de una sección para datos generales.
“Tiene la lógica de recojo de información tanto secundaria como de campo. Por cada potencial pasivo ambiental en evaluación se debe llenar una ficha”, añadió. Luego, destacó que el proceso técnico seguido y la socialización realizada permitieron la aprobación de la Ficha de Caracterización de Pasivos Ambientales y la Guía Orientativa para el Llenado de la Ficha de Caracterización de Pasivos Ambientales (R.M. n.° 434-2024-MINAM)..
Es importante señalar que este procedimiento normativo se encuentra dentro del marco del D.S. n.° 009-2023-MINAM, aprobado el 12 de agosto de 2023, que establece el Reglamento del Decreto de Urgencia n.° 022-2020, promulgado con el fin de fortalecer la identificación y gestión de los pasivos ambientales.
Además, está alineado con el Decreto de Urgencia n.° 022-2020, cuyo objetivo es prevenir y/o mitigar los impactos en los ecosistemas, así como proteger la salud de las personas y el medio ambiente, debido a la presencia de estos pasivos en el ámbito continental y el zócalo marino del territorio nacional, generados por actividades productivas, extractivas o de servicios, excluyendo las actividades de los subsectores de minería e hidrocarburos.