El Ejecutivo peruano autoriza a plantas de hidrocarburos, como la Refinería Talara, a continuar operando mientras culminan trámites regulatorios, con el fin de evitar interrupciones en el abastecimiento de combustibles.
El Decreto Supremo N.º 008-2025-EM, publicado por el Ministerio de Energía y Minas, establece que las instalaciones de refinación o procesamiento de hidrocarburos que aún no han culminado su inscripción en el Registro de Hidrocarburos del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) podrán continuar operando mientras completan los requisitos administrativos y técnicos pendientes, como títulos habilitantes, certificados y opiniones sectoriales.
Los operadores de estas instalaciones deberán presentar ante Osinergmin un cronograma detallado en un plazo no mayor a cinco días hábiles desde la entrada en vigencia del decreto. Este cronograma deberá incluir avances mensuales por cada actividad programada y no podrá exceder los 18 meses.
Durante este tiempo, las instalaciones seguirán operativas bajo supervisión técnica del regulador. Además, Osinergmin podrá autorizar ampliaciones excepcionales, siempre que estas sean sustentadas por el Minem y se demuestre su impacto en el abastecimiento energético del país.
La norma también establece que no se aplicará el Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, dado que está dirigida a entidades públicas que cumplen funciones esenciales para la operatividad del sistema energético nacional.
Esta medida se alinea con los objetivos de la Política Energética Nacional 2010-2040, que busca garantizar la seguridad y estabilidad del suministro energético.