El Segundo Juzgado Civil de Cajamarca ordenó la suspensión inmediata de las actividades de exploración minera de la empresa Colpayoc en el distrito de Chetilla, provincia de Cajamarca. La medida responde a una acción de amparo presentada por organizaciones sociales que alegan riesgos para las cabeceras de cuenca y el derecho al agua.
La resolución judicial, emitida el 11 de agosto de 2025, se suma a los antecedentes de proyectos mineros paralizados en la región, como Conga, Michiquillay y Galeno. El plan de Colpayoc contemplaba 19 perforaciones con broca diamantada en 18 plataformas durante aproximadamente ocho meses, abarcando construcción, exploración y cierre progresivo.
Argumentos de la demanda
La Comunidad Campesina Mishca Chica, el Pueblo Originario de Chetilla, el Frente de Defensa y Desarrollo de la Cuenca El Ronquillo, el Frente de Defensa Ambiental de Cajamarca y las Juntas Administradoras de Servicios de Saneamiento Challuapuquio III y Alto Chetilla fueron las organizaciones que impulsaron la demanda en diciembre de 2024.
Según la ONG CooperAcción, denunciaron que la exploración afectaría microcuencas que alimentan al río Cajamarquino, que abastece de agua potable al valle y a la ciudad de Cajamarca, así como a las cuencas de los ríos Crisnejas, Marañón, Amazonas y Jequetepeque. En particular, señalaron la importancia de la microcuenca El Ronquillo y la laguna Mataracocha, pues el río Ronquillo provee el 30% del agua potable de la ciudad, captada por la EPS SEDACAJ.
El Ministerio de Energía y Minas (Minem), según CooperAcción, rechazó la demanda argumentando que no se agotó la vía administrativa y que el proyecto contaba con una Ficha Técnica Ambiental aprobada. Consultado al respecto, el Minem no emitió comentarios hasta el cierre del reporte.
Inversión minera en descenso
La medida judicial ocurre en un contexto de caída de la inversión minera en Cajamarca, que se contrajo en 54.5% entre enero y diciembre de 2024 y en 35.4% en el primer semestre de 2025. Sin embargo, la región recibió S/427.2 millones en transferencias por canon, regalías y otros conceptos en lo que va del año, monto 87% mayor a todo lo recibido en 2024.
Opiniones de expertos
Para Rafael Lengua, socio del estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU), el fallo genera preocupación por la metodología empleada: «Esto genera una desconexión entre la evaluación técnica-administrativa que se basa en la normativa vigente y la decisión judicial, lo que puede llevar a decisiones contradictorias y a la paralización de proyectos mineros por motivos que no pueden ser advertidos por los inversionistas».
El especialista advierte además que el fallo podría convertirse en un precedente para la paralización de futuros proyectos en zonas consideradas ambientalmente sensibles, aumentando la incertidumbre entre inversionistas.
Por su parte, Karim Kahatt, socio de Kahatt Abogados, cuestionó los argumentos de las organizaciones sociales: «La alegación de las organizaciones sociales de que la exploración minera podría agravar la crisis hídrica que afronta la región parece carecer de fundamento, y tiene tufillo a arenga demagógica». También enfatizó que es poco probable que una actividad de exploración minera, por su menor complejidad, tenga un impacto significativo en la agravación de la crisis hídrica de una región.