El Ejecutivo emitió una norma que permite a refinerías como la de Talara seguir operando mientras culminan su inscripción en el Registro de Hidrocarburos, con el fin de garantizar el suministro nacional de combustibles.
El Gobierno peruano, a través del Ministerio de Energía y Minas (Minem), ha emitido el Decreto Supremo N° 008-2025-EM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, que permite la operación temporal de instalaciones de refinación y procesamiento de hidrocarburos que aún no han completado su inscripción en el Registro de Hidrocarburos del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).
Esta medida busca evitar interrupciones en el suministro de combustibles a nivel nacional y reforzar la seguridad energética del país.
Las instalaciones deberán presentar a Osinergmin un cronograma detallado en un plazo de cinco días hábiles, con avances mensuales y un periodo máximo de 18 meses para completar los requisitos pendientes. Durante este tiempo, las operaciones estarán bajo supervisión técnica del regulador.
Esta disposición se alinea con la Política Energética Nacional 2010-2040 y no está sujeta al Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, ya que está dirigida a entidades públicas con funciones esenciales en el sistema energético nacional.