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MINEM aprueba medida excepcional para garantizar el abastecimiento de combustibles en Loreto

A través de la Resolución Directoral Nº 291-2024-MINEM/DGH, publicada en el Diario Oficial El Peruano, se ha exceptuado a los productores y distribuidores mayoristas del cumplimiento de la obligación de mantener existencias mínimas de Turbo A-1, Gasolinas y Diesel B5 en la región. Esta medida tiene como objetivo evitar un posible desabastecimiento de combustibles en Loreto.

La resolución establece la exoneración de la obligación de mantener existencias mínimas de estos combustibles para los Productores y Distribuidores Mayoristas que dispongan de capacidad de almacenamiento propia o contratada en Loreto. La medida responde a la solicitud de la empresa estatal Petroperú para autorizar esta excepción, la cual tiene carácter transitorio y estará vigente desde el 31 de agosto hasta el 29 de septiembre de 2024.

¿Por qué está medida?

Petroperú solicitó esta excepción debido a problemas en la producción de su refinería en Iquitos y las dificultades para transportar los combustibles por vía fluvial debido a las condiciones climáticas. Ante esta situación, el Minem consideró necesario tomar medidas urgentes para asegurar el suministro de combustibles en la región.

Esta medida busca garantizar que los consumidores en Loreto continúen teniendo acceso a los combustibles necesarios para sus actividades diarias. Al permitir una mayor flexibilidad en el cumplimiento de los requisitos de almacenamiento, se busca evitar posibles interrupciones en el suministro.

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