Se ha oficializado una modificación a la Ley 27037, conocida como Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, para extender el beneficio de exoneración del IGV a empresas que ofrecen servicios de distribución y comercialización de energía eléctrica en diversas regiones del país.
Esta norma fue aprobada por insistencia en el Congreso y se publicó este martes en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Con esta modificación, las empresas que prestan servicios de distribución y comercialización de energía eléctrica en el departamento de Madre de Dios y en varios distritos de Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, Pasco, Puno, Huancavelica, La Libertad y Piura quedan exoneradas de cumplir con las obligaciones establecidas en el reglamento de la Ley 27037 para obtener este beneficio. Se detallan las localidades específicas en las que estas empresas podrán aplicar la exoneración del IGV mediante el párrafo 13.3 incorporado a la norma.
Además, como disposición complementaria final, se establece que el Poder Ejecutivo, a través de un decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, adecuará el Reglamento de la Ley 27037 a esta modificación.
La Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía tiene como objetivo fomentar el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía, estableciendo condiciones para la inversión pública y la promoción de la inversión privada.